13 septiembre 2007

Ese asunto de los permisos

La Unión de Músicos Independientes (UMI) fundamentó su pedido de inconstitucionalidad para las normas dictadas tras Cromañón. El gobierno defendió su postura: habrá sentencia en dos meses.

Por Cristian Vitale (Página/12)

El rock llegó a Tribunales. No como demandado sino como demandante. Ayer, Diego Boris, presidente de la Unión de Músicos Independientes, y Esteban Agatiello, abogado, tecladista de Richter e integrante de la asociación civil, se sentaron frente a los cinco integrantes del máximo tribunal de la ciudad, sin titubeos ni vaguedades. Refrendaron el pedido de inconstitucionalidad, iniciado mediante una demanda al gobierno porteño en febrero, de una serie de normas que atentan contra la música en vivo. En especial, la que obliga –solo a los músicos– a contar con un permiso especial para tocar. “No podemos aceptar que se instale el concepto de que la música en vivo es peligrosa para la sociedad. Luego de la tragedia de Cromañón, todos comprendimos la locura que significaba encender una bengala en un lugar cerrado, lo peligroso de una mala señalización, lo perverso de una puerta de emergencia cerrada. Pero el Gobierno de la Ciudad legisló con el criterio de que el peligro es la actividad y no las condiciones en las que se desarrolla”, dijo Boris, en el momento más “político” de la audiencia pública, último paso legal antes de la sentencia, que se dictaría en unos dos meses.
Para sorpresa de todos, el guitarrista de La Tolva empuñó una criolla y tocó una canción llamada “Cuando el amor no se pone de acuerdo” frente a los jueces. Un gesto inesperado que fue directo al espíritu de la demanda. “Si esta actividad la hubiese desarrollado en el café de la esquina, ese lugar podría ser multado o clausurado. ¿Alguien de esta sala se sintió intimidado o inseguro, se alteró el orden o la seguridad? Por más que la interpretación no haya sido buena, creo que no”, señaló el músico. La apoderada del Gobierno María Cristina Mascialino y el abogado Víctor Zamenfelt pidieron el rechazo de la demanda. “La necesidad de contar con permisos especiales para la realización de espectáculos musicales no puede ser considerada absurda, porque cada actividad tiene su especificidad (...), mucho menos sostener que se esté atacando a la cultura o al arte”, expresó Zamenfelt, quien citó el “caso Konex” para desmitificar situaciones persecutorias. “El presidente del Konex se quejaba de situaciones así y presagiaba el cierre del Centro, pero lejos de suceder eso, el lugar creció en los últimos dos años. La demanda debe ser rechazada por la demasía que exterioriza; comienza con un rechazo terminal hacia todo tipo de reglamentación.”
El fiscal Luis Cevasco fue más categórico aún. “Nos encontramos ante una demanda declarativa de inconstitucionalidad que peca por demasía. Se trata de un planteo que pretende la total desregulación de una actividad. La acción declarativa, así planteada, resulta inconducente porque se pretende la anarquía normativa (...). El comportamiento en los recitales hoy hace que el Estado deba tener un determinado control, aunque esas condiciones de control puedan cambiar cuando las condiciones sociales lo permitan”, sostuvo. Agatiello fundamentó las razones que llevaron a la UMI a iniciar acciones, por una serie de normas –la mayoría post Cromañón– que considera arbitrarias y discriminatorias para la actividad. En especial, la obligación de pedir un permiso especial con quince días de anticipación o la norma que obliga a sociedades de fomento o asociaciones barriales a presentar un cronograma de actividades con doce meses de antelación.
“¿Acaso la música en vivo cambia las condiciones de higiene, seguridad, salubridad o de señalización?, ¿la actividad en sí es peligrosa o lo son las condiciones en que se desarrolla? ¿Qué es lo que vuelve peligroso un establecimiento?: ¿las condiciones en que se encuentre o que haya una persona que toque una guitarra? ¿La falta de música en vivo resulta sinónimo de seguridad? Absolutamente no. ¿Por qué un actor, un pintor o un cocinero pueden exponer su trabajo sin permiso y el músico no?”, preguntó Agatiello. “Todas estas normas –insistió– violan el principio de igualdad, de razonabilidad, de libertad económica. Y también el derecho de propiedad sobre una obra intelectual al impedir y/o restringir la facultad de ejecutar, representar o exponer en público las obras artísticas o el derecho a trabajar.” El 18 de abril, el máximo tribunal de justicia de la Ciudad –por tres votos contra dos– había considerado parcialmente admisible el reclamo de la UMI y hoy, en otro paso hacia el futuro, el objetivo de seguir modificando las condiciones en las que se hace música en vivo en Argentina continúa su curso.

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Otra nota relacionada sobre este tema se publicó en Clarin del jueves 13 de septiembre.
Pueden leerla clickeando acá
http://www.clarin.com/diario/2007/09/13/laciudad/h-04002.htm

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